Articulo 34 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento
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Artículo 34. Criterios de valoración.

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1. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios objetivos, y su ponderación, que se establecen a continuación para cada una de las líneas reguladas en el presente título.

a) Para la línea 1. Creación de empleo en el trabajo autónomo:

CRITERIOS DE VALORACIÓN

ASPECTOS A VALORAR

PUNTUACIÓN PARCIAL

PUNTUACIÓN MÁXIMA

PONDERACIÓN

PUNTUACIÓN MÁXIMA PONDERADA

CUALIFICACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL

Se valorará poseer cualificación académica o profesional siguiente: Si se engloba en algunos de los siguientes estudios: Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente o Formación Profesional Superior o Experiencia Profesional acreditada superior a cinco años.

10

10

40%

4

.- Formación Profesional Grado Medio o Bachiller o Experiencia Profesional acreditada de entre tres a cinco años de duración. .- Educación Secundaria Obligatoria

7 5

ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS

Se valorará estar en posesión de la siguiente cua

lificación académica o profesional: a) Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector industrial b) Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE:61,62, 63, 71,72 Y 74

10

10

20%

2

COLECTIVOS PREFERENTES

Se valorará, respecto de las contrataciones realizadas, la pertenencia a alguno de los siguientes colectivos:

10

20%

2

.- Parados de larga duración

4

.- Sin prestación económica y con cargas familiares

4

Si además está incluido en alguno de los siguientes colectivos, 2 puntos adicionales

2

.- Personas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%

.- Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma.

.- Víctimas de violencia de género.

.- Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad

ZONAS ESPECIAL ATENCIÓN PARA EL EMPLEO

Prioridad 1

10

10

20%

2

Prioridad 2

5

b) Línea 2. Consolidación de empleo en el trabajo autónomo:

CRITERIOS DE VALORACIÓN

ASPECTOS A VALORAR

PUNTUACIÓN PARCIAL

PUNTUACIÓN MÁXIMA

PONDERACIÓN

PUNTUACIÓN MÁXIMA PONDERADA

CUALIFICACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL

Se valorará poseer cualificación académica o profesional siguiente:

10

40%

4

Si se engloba en algunos de los siguientes estudios: Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente o Formación Profesional Superior o Experiencia Profesional acreditada superior a cinco años.

10

.- Formación Profesional Grado Medio o Bachiller o Experiencia Profesional acreditada de entre tres a cinco años de duración.

7

.- Educación Secundaria Obligatoria

5

ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS

Si el proyecto se engloba en algunos de los siguientes sectores/servicios: a) Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector industrial b) Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE:61,62, 63, 71,72 Y 74

10

10

20%

2

COLECTIVOS PREFERENTES

Se valorará, respecto de las transformaciones realizadas, la pertenencia a alguno de los siguientes colectivos:

10

20%

2

.- Personas jóvenes de hasta 35 años

4

.- Personas mayores de 55 años.

4

Si además está incluido en alguno de los siguientes colectivos, 2 puntos adicionales

2

.- Personas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%

.- Víctimas de violencia de género.

.- Victimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad

ZONAS ESPECIAL ATENCIÓN PARA EL EMPLEO

Prioridad 1

10

10

20%

2

Prioridad 2

5

c) Línea 3. Creación de empresas de trabajo autónomo:

CRITERIOS DE VALORACIÓN

ASPECTOS A VALORAR

PUNTUACIÓN PARCIAL

PUNTUACIÓN MÁXIMA

PONDERACIÓN

PUNTUACIÓN MÁXIMA PONDERADA

CUALIFICACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL

Se valorará poseer cualificación académica o profesional siguiente:

10

40%

4

.- Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente o Formación Profesional Superior o Experiencia Profesional acreditada superior a cinco años.

10

.- Formación Profesional Grado Medio o Bachiller o Experiencia Profesional acreditada de entre tres a cinco años de duración.

7

.- Educación Secundaria Obligatoria

5

ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS

Se valorará que el proyecto se englobe en algunos de los siguientes sectores/servicios: a) Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector industrial b) Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE:61, 62, 63, 71,72 Y 74

10

10

20%

2

COLECTIVOS PREFERENTES

Se valorará la pertenencia a alguno de los siguientes colectivos:

10

20%

2

.- Personas jóvenes de 35 años

6

.- Personas mayores de 55 años.

5

.- Personas desempleadas

1

.- Parados de larga duración

1

.- Sin prestación económica y con cargas familiares

1

Si además está incluido en alguno de los siguientes colectivos, 1 punto adicional

1

.- Personas demandantes de empleo no ocupadas provenientes de Expedientes de regulación de empleo del sector industrial sin prestaciones económicas.

.- Personas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%

.- Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma.

.- Víctimas de violencia de género.

.- Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad

ZONAS ESPECIAL ATENCIÓN PARA EL EMPLEO

Prioridad 1

10

10

20%

2

Prioridad 2

5

d) Línea 4. Consolidación empresarial del trabajo autónomo-Medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una empresa:

CRITERIOS DE VALORACIÓN

ASPECTOS A VALORAR

PUNTUACIÓN PARCIAL

PUNTUACIÓN MÁXIMA

PONDERACIÓN

PUNTUACIÓN MÁXIMA PONDERADA

CUALIFICACIÓN ACADÉMICA/PROFESIONAL DE LOS PROMOTORES

Se valorará poseer cualificación académica o profesional siguiente:

10

40%

4

Si se engloba en algunos de los siguientes estudios: Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente o Formación Profesional Superior o Experiencia Profesional acreditada superior a cinco años.

10

.- Formación Profesional Grado Medio o Bachiller o Experiencia Profesional acreditada de entre tres a cinco años de duración.

7

.- Educación Secundaria Obligatoria

5

ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS

Si el proyecto se engloba en algunos de los siguientes sectores/servicios: a) Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector industrial b) Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE:61,62, 63, 71,72 Y 74

10

10

30%

3

ZONAS ESPECIAL ATENCIÓN PARA EL EMPLEO

Prioridad 1

10

10

20%

2

Prioridad 2

5

e) Línea 5. Fomento de la innovación en el trabajo autónomo:

CRITERIOS DE VALORACIÓN

ASPECTOS A VALORAR

PUNTUACIÓN PARCIAL

PUNTUACIÓN MÁXIMA

PONDERACIÓN

PUNTUACIÓN MÁXIMA PONDERADA

CUALIFICACIÓN ACADÉMICA

Se valorará poseer cualificación académica siguiente:

10

40%

4

.- Estancias en el extranjero al objeto de perfeccionar su formación académica

1

.- Master o doctorado

1

.- Licenciado, ingeniero, arquitecto o el título de grado correspondiente u otros equivalentes

8

.- Diplomado, Ingeniero técnico, arquitecto técnico o el título de grado correspondiente u otros equivalentes

7

ACTIVIDAD PROFESIONAL O EMPRESARIAL EN SECTORES CONSIDERADOS COMO ESTRATÉGICOS

Si el proyecto se engloba en algunos de los siguientes sectores/servicios: a) Proyectos de trabajo autónomo que se desarrolle en el sector industrial b) Servicios avanzados incluidos en los siguientes códigos CNAE:61,62, 63, 71,72 Y 74

10

10

20%

2

COLECTIVOS PREFERENTES

Se valorará la pertenencia de la persona solicitante a alguno de los siguientes colectivos:

10

20%

2

.- Personas jóvenes de hasta 35 años

7

.- Personas desempleadas mayores de 55 años

5

.- Parados de larga duración

1

.- Sin prestación económica y con cargas familiares

1

Si además está incluido en alguno de los siguientes colectivos, 1 punto adicional

1

.- Personas con discapacidad en un grado igual o superior a un 33%

.- Jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma

.- Víctimas de violencia de género

.- Víctimas de actos terroristas, y/o sus familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad

ZONAS ESPECIAL ATENCIÓN PARA EL EMPLEO

Prioridad 1

10

10

20%

2

Prioridad 2

5

f) Línea 6. Promoción del trabajo autónomo y Línea 4. Medidas de colaboración empresarial, relevo generacional, innovación empresarial y competitividad empresarial en el trabajo autónomo:

CRITERIOS DE VALORACIÓN

ASPECTOS A VALORAR

PUNTUACIÓN PARCIAL

PUNTUACIÓN MÁXIMA

PONDERACIÓN

PUNTUACIÓN MÁXIMA PONDERADA

SERVICIOS QUE PRESTA A SUS ASOCIADOS

Se valorarán los siguientes servicios:

10

20%

2

a) Asesoramiento relativo a temas fiscales, laborales, jurídicos, contables y de prevención de riesgos laborales.

2,5

b) Asesoramiento bancario y financiero que faciliten una planificación adecuada con respecto al equilibrio y a la rentabilidad financiera del patrimonio de sus asociados.

2,5

c) Asesoramiento en imagen y comunicación corporativa al objeto de promocionar los productos o servicios de la actividad empresarial o profesional de sus asociados.

2,5

d) Acceso a la información, noticias y publicaciones, tanto sectoriales como de contenido general para el colectivo.

2,5

GRADO DE AFILIACIÓN

Se valorará lo siguiente:

10

20%

2

.- 15% o más sobre los autónomos de alta en RETA

10

.- Menos de 15%- 10% sobre los autónomos de alta en RETA.

8

.- Menos del 10% -5% sobre los autónomos de alta en RETA.

6

.- Menos del 5% sobre los autónomos de alta en RETA.

4

SEDES PERMANENTES

Se valorará:

10

10%

1

.- Si tiene sede en 8 provincias o más

10

.- Si tiene sede en 5 provincias

8

.- Si tiene sede en 4 provincias o menos

4

CRITERIOS ESPECÍFICOS DEL PROYECTO PRESENTADO

Se valorará:

10

50%

5

Coherencia y calidad del proyecto

5

Previsión de resultados

2,5

Experiencia de la entidad y recursos previstos emplear en la elaboración del proyecto

2,5

2. Para el cálculo de los criterios de valoración, se tendrán en cuenta las siguientes pautas:

a) La puntuación parcial resultante de cada criterio se multiplicará por el correspondiente valor de ponderación y la suma del conjunto determinará la puntuación final de la solicitud.

b) Para realizar el cálculo del criterio de valoración referente a la «cualificación académica/profesional», únicamente se tendrá en cuenta la cualificación académica o profesional de mayor nivel, salvo para la línea 5 en relación con las «Estancias en el extranjero al objeto de perfeccionar su formación académica» y «Master o doctorado» que podrán adicionarse a las cualificaciones valoradas con 8 ó 7 puntos.

c) El criterio relativo a la cualificación académica/profesional de las líneas 1, 2, 3, 4 y 5 se valorará siempre y cuando exista relación con la actividad económica a desarrollar e indicada en el Plan de Viabilidad.

d) Para realizar el cálculo referente a la «pertenencia a alguno de los siguientes colectivos» de la línea 1 «Creación de empleo en el trabajo autónomo» y línea 2 «Consolidación de empleo en el trabajo autónomo» en aquellos supuestos en los que se solicite el incentivo para más de una contratación por tiempo indefinido ordinaria o transformación de contrato de duración determinada en contratos indefinidos ordinarios, se habrá de obtener la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada una de las personas cuyo incentivo por contratación o transformación de contrato se solicita, al objeto de establecer la puntuación parcial en dicho criterio.

e) Para realizar el cálculo del criterio referente a la «cualificación académica/profesional de los promotores» de la línea 4, en la medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una empresa y para aquellos casos en que la actividad económica se ejerza mediante la forma jurídica de Sociedad Civil o Comunidad de Bienes en la línea 5, fomento de la innovación en el trabajo autónomo, se habrá de obtener la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada uno de los integrantes de las mencionadas formas jurídicas para determinar la puntuación parcial en dicho criterio.

f) Para realizar el cálculo referente a la «pertenencia a alguno de los siguientes colectivos» de la línea 5, fomento de la innovación en el trabajo autónomo, para aquellas solicitudes en la que la actividad económica se ejerza mediante la forma jurídica de Sociedad Civil o Comunidad de Bienes, se habrá de obtener la media aritmética de las puntuaciones obtenidas por cada uno de los integrantes de las mencionadas formas jurídicas para determinar la puntuación parcial en dicho criterio.

g) Para la línea 6. Promoción del trabajo autónomo y línea 4 - Medidas de cooperación empresarial, relevo generacional, innovación empresarial y competitividad empresarial en el trabajo autónomo, únicamente podrán obtener la condición de entidad beneficiaria provisional aquellas entidades que obtengan en su baremación una puntuación total superior a 5 puntos, quedando, por tanto, excluidas aquellas que no alcancen dicha puntuación.

En el caso de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Andalucía, la puntuación correspondiente al grado de afiliación se aplicará al criterio de servicios que presta a sus asociados.

3. En el supuesto que se produjera igualdad en la puntuación de la baremación, se priorizarán teniendo en cuenta las siguientes consideraciones y en el siguiente orden:

a) Línea 1. Creación de empleo en el trabajo autónomo y línea 2. Consolidación de empleo en el trabajo autónomo:

1º. Número de empleados contratados con carácter estable. Se valorará el número de empleados con contratos indefinidos.

2º. Pertenencia a alguno de los colectivos preferentes y en caso de empate, se valorará que la persona solicitante sea mujer.

3º. Fecha de alta en el régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Se tendrá en cuenta la mayor antigüedad en dicho régimen.

4º. Cualificación académica. Se valorará la nota media de los estudios de más nivel realizados.

b) Línea 3. Creación de empresas de trabajo autónomo:

1º. Cualificación académica. Se valorará la nota media de los estudios de más nivel realizados.

2º. Pertenencia a alguno de los colectivos preferentes y en caso de empate, se valorará que la persona solicitante sea mujer.

c) Línea 4. Consolidación empresarial del trabajo autónomo - Medida de cooperación empresarial destinada a la constitución de una empresa:

1º Cualificación académica. Se valorará la nota media de los estudios de más nivel realizados.

2º Pertenencia a alguno de los colectivos preferentes y en caso de empate, se valorará que la persona solicitante sea mujer.

d) Línea 5. Fomento de la innovación en el trabajo autónomo:

1º Cualificación académica. Se valorará la nota media de los estudios de más nivel realizados.

2º Pertenencia a alguno de los colectivos preferentes y en caso de empate, se valorará que la persona solicitante sea mujer.

e) Línea 6. Promoción del trabajo autónomo y línea 4 - Medidas de cooperación empresarial, relevo generacional, innovación empresarial y competitividad empresarial en el trabajo autónomo. Se valorará el mayor de grado de afiliación de entre las entidades vinculadas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013