Articulo 34 Derechos y ga...de la vida

Articulo 34 Derechos y garantías de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida

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Artículo 34. Infracciones graves.

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Se tipifican como infracciones graves las siguientes:

a) El incumplimiento de las normas relativas a la cumplimentación de los datos clínicos cuando tenga grave repercusión para la asistencia del paciente. Se entenderá que se ha producido una grave repercusión cuando se haya provocado un retraso en la asistencia del paciente o una asistencia sanitaria incorrecta, apartada de los criterios de lex artis, con repercusión negativa para el paciente en cualquier caso.

b) El impedimento del acompañamiento en el proceso de muerte, salvo que existan circunstancias clínicas que así lo justifiquen.

c) El incumplimiento de los requerimientos específicos que formulen las autoridades sanitarias o sus agentes, siempre que se produzcan por primera vez.

d) La resistencia a facilitar información, así como el suministro de la misma a sabiendas de su inexactitud, o la falta de colaboración con la actuación de control de las autoridades sanitarias o sus agentes, cuando impida o dificulte gravemente su realización.