Artículo 34 Prestaciones ... servicios

Artículo 34. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar cuando exista además una persona con contrato laboral.

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Artículo 34. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar cuando exista además una persona con contrato laboral.

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En los supuestos recogidos en el artículo 18, la cuantía mensual de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar se establece en función de la capacidad económica de la persona beneficiaria, horas contratadas y mayor grado de dependencia, de conformidad con la siguiente fórmula matemática:

Jornada completa:

CPE = (1.8 x Cmax) - (0,44 x CEB x Cmax) / IPREM

Media jornada:

CPE = (1.6 x Cmax) - (0,44 x CEB x Cmax) / IPREM

Donde:

Jornada completa: 80 o más horas mensuales.

Media jornada: de 20 a 79 horas mensuales.

CPE: Cuantía de la prestación económica.

Cmax: Cuantía máxima de la prestación económica.

CEB: Capacidad económica del beneficiario.