Articulo 34 Presupuestos 2008 Aragón

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Artículo 34. -Otorgamiento de avales públicos.

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1. El Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, podrá prestar aval a empresas radicadas en Aragón, con prioridad a las pequeñas y medianas empresas, por operaciones concertadas por las mismas, con la finalidadde garantizar la creación o permanencia de puestos de trabajo, mediante el correspondiente plan económico-financiero que demuestre la viabilidad de las empresas beneficiarias o del proyecto al que se destine la garantía. El importe total de losavales otorgados no podrá rebasar el límite de riesgo pendiente de amortización de TREINTA MILLONES DE EUROS, teniendo en cuenta las amortizaciones llevadas a cabo de operaciones formalizadas con anterioridad.

2. Cuando el importe de cada uno de los avales propuestos al amparo de lo establecido en el presente artículo o acumulando los anteriores recibidos supere los SEISCIENTOS MIL EUROS, se requerirá la previa autorización de la Comisión de Economía yPresupuestos de las Cortes de Aragón.

3. Antes de la concesión de cualquier aval a particulares o empresas privadas, deberá acreditarse que no existan deudas pendientes con la Administración General del Estado y de la Seguridad Social, debiéndose comprobar que tampoco existe deudaalguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma. Asimismo, deberá acreditarse que no han sido sancionados, mediante sanción firme, por la autoridad laboral competente por infracciones graves o muy graves y haber cumplido con la normativa vigenteen materia de residuos.

4. Cuando se avale a empresas privadas, se presentarán los estados económico-financieros que sirvieron de base a los efectos de la tributación del impuesto sobre el beneficio que corresponda, con la finalidad de poder estimar su viabilidad.