Artículo 34 Protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas en Galicia
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»Artículo 34. Limitaciones al acceso a determinados establecimientos
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1. Se prohíbe el acceso a las personas menores de edad a los lugares o establecimientos vinculados con la producción, distribución o consumo de cannabis y productos derivados, incluido el cannabidiol (en adelante, CBD).
2. Asimismo, se prohíbe el acceso a las personas menores de edad a las tiendas donde se vendan semillas, plantas de Cannabis sativa o cualquier otro producto relacionado, incluido el CBD.
