Articulo 34 Reforma del Reglamento de la Asamblea
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»Artículo 34. Deberes relativos a la Ley de Gobierno Abierto.
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Los diputados están obligados a cumplir los deberes que se establecen en los artículos 31 y 33 de la Ley de Gobierno Abierto de Extremadura. Su incumplimiento conllevará la responsabilidad establecida en el artículo 148.1.e de este Reglamento.
Modificaciones
- Modificación realizada (34) por Corrección de errores de la Reforma del Reglamento de la Asamblea de Extremadura, aprobada por el Pleno de la Cámara en sesión celebrada el día 19 de marzo de 2015.
(E de 21-04-2015) en vigor desde 19-03-2015
