Articulo 34 Régimen juríd...terrestres

Articulo 34 Régimen jurídico aplicable al otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres

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Artículo 34. Adscripción del Registro

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El Registro de títulos habilitantes para la radiodifusión sonora de la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene carácter público y se adscribe a la Consejería de Innovación, Investigación y Turismo, y su gestión se atribuye a la dirección general competente en materia de telecomunicaciones.