Articulo 34 Reglamento de...as Locales

Articulo 34 Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales

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Artículo 34. Emblemas policiales de brazo

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1. En el brazo izquierdo se colocará el emblema de la Comunidad de Madrid que contendrá el escudo de la Comunidad de Madrid y las leyendas "Comunidad de Madrid", en su parte superior, y "Policía Local", en la inferior.

2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, también podrán portarse otros emblemas policiales que sean determinados por el correspondiente ayuntamiento, referidos al propio Cuerpo de policía local o vinculados a un proyecto específico de la Comunidad de Madrid.