Articulo 343 Sistema común del IVA
- La Decisión (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020, publicada en el DOUE de 29 de julio de 2020, modifica las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 de forma que los cambios aplicables a partir del 1 de enero de 2021 pasan a tener efectos a partir del 1 de julio de 2021. - Decision (UE) 2020/1109 del Consejo de 20 de julio de 2020 por la que se modifican las Directivas (UE) 2017/2455 y (UE) 2019/1995 en lo que respecta a las fechas de transposicion y de aplicacion en respuesta a la pandemia de COVID-19
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»Artículo 343
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El Consejo, por unanimidad y a propuesta de la Comisión, podrá autorizar a cualquier Estado miembro para introducir disposiciones especiales, al objeto de luchar contra el fraude fiscal, por las que se establezca que el IVA adeudado en aplicación del régimen del margen de beneficio no pueda ser inferior a la cuota que se adeudaría si el margen de beneficio fuera igual a un porcentaje determinado sobre el precio de venta.
El porcentaje del precio de venta se fijará a la luz de los márgenes de beneficio normales aplicados por los agentes económicos en el sector de que se trate.
