Articulo 345 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 345. Sujetos pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa las personas titulares de una tarjeta sanitaria individual en vigor que, en una fase posterior a la emisión inicial de la misma, no dispongan de ella por causa no imputable a la Administración, en los casos de robo, rotura o extravío por sus titulares, y soliciten su emisión a la Administración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-12-2012 en vigor desde 02-12-2012