Articulo 35 Calidad del medio ambiente atmosférico y Registro de Sistemas de Evaluación de la Calidad del Aire
Ver Indice
»Artículo 35. Caducidad de las autorizaciones de emisiones a la atmósfera.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La autorización de emisión a la atmósfera caducará si no se hubiera comenzado la ejecución de la instalación en el plazo de cinco años desde la notificación a la persona o entidad titular de la resolución de autorización de emisiones a la atmósfera. En tales casos, la persona promotora o titular deberá solicitar una nueva autorización.
