Articulo 35 Código aduanero de la Unión Europea
Ver Indice
»Artículo 35. Decisiones relativas a las informaciones vinculantes en relación con otros elementos
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En casos específicos, las autoridades aduaneras adoptarán, previa solicitud, decisiones acerca de las informaciones vinculantes en relación con otros elementos a los que se refiere el título II, que fundamenten la aplicación de derechos de importación o de exportación y otras medidas respecto del comercio de mercancías.
