Articulo 35 Reglamento de uniformidad, equipo y medios móviles de las Policías Locales
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»Artículo 35. Divisas
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1. Las divisas constituyen la manifestación externa de los diferentes grados jerárquicos existentes en cada Cuerpo de policía local.
2. Los funcionarios en prácticas llevarán la divisa correspondiente a la categoría a la que pretendan acceder.
3. Las características, clasificación, descripción y diseño de las divisas son las establecidas en el anexo II.
