Artículo 35 se regula el ...s públicas

Artículo 35 se regula el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia y la adjudicación de las viviendas protegidas, así como de las acogidas a programas de acceso a vivienda con ayudas públicas

Ver Indice
»

Artículo 35º. Petición de inclusión en el sorteo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. A la vista de los datos señalados, las personas interesadas en la adquisición o alquiler de una de las viviendas del edificio deberán formalizar la petición de inclusión en el sorteo dentro del plazo máximo de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la apertura del procedimiento de selección.

2. Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992. Con el objeto de obtener la agilidad en el procedimiento que se procura con este decreto, en caso de no haberse presentado en los registros de entrada de las jefaturas de las áreas provinciales o servicios centrales del IGVS, será necesario confirmar su entrega en otro registro por medio de un escrito remitido mediante correo certificado enviado a los servicios centrales del IGVS, o a la Jefatura de Área Provincial que le corresponda y dirigido al Registro Único de Demandantes.