Articulo 359 Reglamento d... Urbanismo

Articulo 359 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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Artículo 359. Procedimiento para la subdivisión de sectores.

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El procedimiento del artículo anterior será asimismo aplicable a la subdivisión de sectores cuando no estuvieren gráficamente recogidos los espacios resultantes en el Plan General de Ordenación (art. 151.6 TROTU), y siempre que se trate de sectores delimitados en suelo urbanizable sectorizado por el Plan General de Ordenación.