Articulo 36 Ciencia y Tecnología

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Artículo 36. Ejecución y seguimiento del Plan de ciencia, tecnología e innovación.

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1. La ejecución de las acciones del Plan de ciencia, tecnología e innovación corresponderá a los agentes que en cada caso determine el propio plan.

2. Asimismo, el departamento del Gobierno de Navarra competente en materia de I+D+i realizará el seguimiento, evaluación periódica y coordinación de la ejecución del plan y del nivel de cumplimiento de sus objetivos contando con las aportaciones del Consejo Asesor en I+D+i de Navarra y del coordinador de agentes de ejecución del Sistema Navarro de I+D+i.