Artículo 36 Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
Artículo 36. Personal directivo público profesional.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El personal directivo se somete a la normativa sobre personal directivo de las Administraciones Públicas.
2. A los efectos del apartado anterior, en la Agencia son puestos de dirección pública profesional: los de Secretaría General y Subdirección General de Emergencias y Subdirección General del INFOCA como puestos de personas directivas públicas profesionales.
3. El personal directivo de carácter laboral estará sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección según lo establecido en la Ley del presupuesto de cada ejercicio.
4. Los puestos de trabajo que tengan asignadas tareas de dirección que estén relacionadas con el ejercicio de potestades públicas serán desempeñados, en todo caso, por personal directivo que tenga la condición de funcionario de carrera.
