Articulo 36 Forestal de Andalucía
- Norma derogada desde el 9 de abril de 2026. - Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía.
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»Artículo 36.
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El procedimiento ordinario se iniciará mediante el correspondiente acuerdo de la Administración Forestal, en el que se encargará la redacción de una memoria.
