Articulo 36 Inventario de Espacios Naturales Protegidos
Articulo 36 Inventario de...Protegidos

Articulo 36 Inventario de Espacios Naturales Protegidos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 36.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Si de los hechos resultaren indicios de que pudieran ser constitutivos de delito o falta, la Agencia de Medio Ambiente pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente y suspenderá la tramitación del expediente administrativo hasta tanto aquélla resuelva.

2. La imposición de una pena por los mismos hechos excluirá a los condenados de la sanción administrativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-07-1989 en vigor desde 28-07-1989