Artículo 36. Ley 2/2026, de 28 de abril, La Rioja, simplificación administrativa, mercado abierto y calidad normativa
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»Artículo 36. Avance en la transformación digital.
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La Administración autonómica abordará un proceso permanente de transformación digital aplicando los principios señalados en esta ley y las medidas organizativas, estructurales y de diseño y rediseño de los servicios que pongan a la ciudadanía y a las empresas como centro del proceso, sin menoscabo de sus derechos y libertades.
