Articulo 36 Reforma del E...xtremadura

Articulo 36 Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura

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Artículo 36. Cese.

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La Junta cesa cuando lo hace su Presidente, continuando en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. La ley regulará las demás causas de cese de los miembros del Gobierno.