Artículo 36 servicios de ...ad digital

Artículo 36 servicios de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia para la sociedad digital

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Artículo 36. Cese

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1. La persona titular de la Dirección General cesa de su cargo por las siguientes causas:

a) Expiración del plazo de su mandato.

b) Incapacidad permanente para el ejercicio del cargo.

c) Renuncia expresa notificada formalmente al Consejo de Administración.

d) Defunción.

e) Inhabilitación para el empleo o cargo público o condena por delito doloso, declaradas en sentencia firme.

f) Incompatibilidad sobrevenida.

g) Separación aprobada por el Parlamento de Galicia por mayoría de dos tercios, a propuesta de la junta general de la sociedad o del Consejo de Administración, previa instrucción del correspondiente expediente contradictorio, por no desempeñar sus funciones de acuerdo con lo establecido en esta ley y en las normas que la desarrollen.

2. Además, la persona titular de la Dirección General será separada de su cargo por el Consejo de Administración cuando, después de la liquidación del presupuesto anual de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia, se constate la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias por causas imputables a su gestión:

a) Un empeoramiento del resultado presupuestado con una desviación igual o superior al diez por ciento de la compensación por la prestación del servicio público de comunicación audiovisual.

b) La existencia de una desviación presupuestaria por exceso igual o superior al diez por ciento de las cifras aprobadas para el total de las dotaciones tanto del presupuesto de explotación como del presupuesto del capital, excluidos del cómputo del primero los impuestos y los resultados y del cómputo del segundo la variación del capital circulante.