Articulo 362 Ley de Socie...de Capital

Articulo 362 Ley de Sociedades de Capital

Ver Indice
»

Artículo 362. Disolución por constatación de la existencia de causa legal o estatutaria.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las sociedades de capital se disolverán por la existencia de causa legal o estatutaria debidamente constatada por la junta general o por resolución judicial.