Articulo 369 sexdecies Si...ún del IVA

Articulo 369 sexdecies Sistema común del IVA

Ver Indice
»

Artículo 369 sexdecies

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El sujeto pasivo que se acoja al presente régimen especial o el intermediario que actúe por su cuenta deberán declarar al Estado miembro de identificación la iniciación o el cese de su actividad, o la modificación de la misma de tal modo que deje de reunir las condiciones necesarias para poder acogerse al presente régimen especial. Esta información deberá comunicarse por vía electrónica.