Articulo 37 Derechos y de...protección

Articulo 37 Derechos y deberes de niños y adolescentes en el sistema de protección

Ver Indice
»

Artículo 37. Personas interesadas

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



37.1 Las personas interesadas en los procedimientos que regula esta disposición son, en todo caso y sin perjuicio de lo que regule la legislación administrativa vigente:

a) El niño o adolescente, de acuerdo con lo que establece la legislación de infancia y adolescencia.

b) Los progenitores.

c) Los tutores.

d) Los acogedores.

e) Los últimos guardadores.

37.2 Las personas interesadas participan en los procedimientos de protección y pueden comparecer, actuar y recibir las notificaciones por sí mismas o mediante representante, de acuerdo con lo que prevé la legislación vigente.