Artículo 37 Políticas de ... Cantabria

Artículo 37 Políticas de Juventud de Cantabria

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Artículo 37. Evaluación.

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La Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria presentará, dentro del primer trimestre del año, la memoria anual de actuaciones vinculadas al Plan Integral de Juventud de Cantabria garantizando la transparencia y la rendición de resultados.

La evaluación del Plan Integral de Juventud de Cantabria estará dirigida a la mejora de la calidad de las políticas de juventud en aras de un impacto real y positivo en la población joven de Cantabria.