Articulo 37 Procedimiento para el reconocimiento del derecho a servicios y prest...ión a la Dependencia
Articulo 37 Procedimiento...ependencia

Articulo 37 Procedimiento para el reconocimiento del derecho a servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 37. Autorizaciones, inscripciones y acreditaciones

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los centros y los servicios de servicios sociales en los que se presten ser vicios incluidos en el catálogo y en la Red Pública de Atención a la Dependencia estarán debidamente inscritos en los registros pertinentes, dispondrán de las autorizaciones correspondientes y obtendrán y mantendrán la calificación de 'acreditado'.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 04-07-2010