Articulo 37 TR disposiciones legales en materia de igualdad
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»Artículo 37. Actuaciones especiales en materia de riesgos laborales sobre sectores laborales feminizados
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La consellería competente en materia de trabajo impulsará la realización de actuaciones especiales en materia de prevención de riesgos laborales sobre sectores laborales feminizados mediante la elaboración de estudios epidemiológicos, acciones de información y asesoramiento técnico y acciones de vigilancia y control, a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el cumplimiento de las normas de prevención.
