Articulo 373 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»Artículo 373. Ejercicio de los derechos de realojo y retorno.
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En la ejecución de actuaciones urbanísticas que requieran el desalojo de los ocupantes legales de viviendas que constituyan su domicilio habitual y permanente conforme a la legislación sobre viviendas protegidas, se deben garantizar sus derechos de realojamiento y retorno según lo previsto en la legislación estatal.
