Artículo 38 bis. Remisión de información.
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Las piscinas de uso público definidas en el artículo 2.1 b), del presente decreto foral, deberán notificar los datos relativos al anexo IV del Real Decreto 742/2013, 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, del año anterior, en el sistema de información SILOE (https://siloe.sanidad.gob.es), antes del 30 de abril de cada año. En el caso de no variar la información de la piscina relativa a las partes A y B del anexo IV, la notificación de estas será, al menos, cada 5 años, la parte C se notificará anualmente antes de la fecha indicada.
Modificaciones
- Artículo modificado (38 bis (se añade)) por DECRETO FORAL 27/2025, de 26 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 86/2018, de 24 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de la Comunidad Foral de Navarra.
(NA de 11-04-2025) en vigor desde 12-04-2025
