Artículo 38. DECRETO 20/2026, de 9 de marzo, Galicia
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»Artículo 38. Convalidaciones de las enseñanzas de ciclos formativos de grado superior y estudios universitarios.
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La consellería con competencias en materia de educación y las universidades de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ámbito de sus competencias, promoverán el reconocimiento mutuo de créditos ECTS entre las enseñanzas de formación profesional de grado superior y los títulos oficiales de grado para facilitar el establecimiento de itinerarios formativos que reconozcan la formación previamente adquirida según lo establecido en el artículo 49 de la Ley 3/2022, de 31 de marzo.
