Articulo 38 Garantía de nivel mínimo global de imposición para grupos de empresas
Articulo 38 Garantía de n...e empresas

Articulo 38 Garantía de nivel mínimo global de imposición para grupos de empresas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 38. Entidad matriz última que es una entidad transparente

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. Las ganancias admisibles de una entidad transparente que sea una entidad matriz última se reducirán, durante el ejercicio fiscal, por el importe de las ganancias admisibles atribuibles al titular de una participación en la entidad transparente, siempre que:

a) el titular de una participación esté sujeto a impuestos sobre dichas ganancias para un período impositivo que finaliza a los 12 meses de la conclusión de ese ejercicio fiscal a un tipo nominal igual o superior al tipo impositivo mínimo; o

b) sea razonable esperar que el importe agregado de los impuestos cubiertos ajustados de la entidad matriz última y los impuestos pagados por el titular de una participación sobre las ganancias en los 12 meses siguientes a la finalización del ejercicio fiscal sea igual o superior a un importe igual al producto de dichas ganancias por el tipo impositivo mínimo.

2. Las ganancias admisibles de una entidad transparente que sea una entidad matriz última también se reducirán, durante el ejercicio fiscal, por el importe de las ganancias admisibles atribuibles al titular de una participación en la entidad transparente, siempre que dicho titular sea:

a) una persona física que sea residente fiscal en la jurisdicción en la que esté ubicada la entidad matriz última y que posea participaciones que representen un derecho igual o inferior al 5 % de los beneficios y activos de la entidad matriz última; o

b) una entidad pública, una organización internacional, una organización sin ánimo de lucro o un fondo de pensiones que sea residente fiscal en la jurisdicción en la que esté ubicada la entidad matriz última y que posea participaciones que representen un derecho igual o inferior al 5 % de los beneficios y activos de la entidad matriz última.

3. Las pérdidas admisibles de una entidad transparente que sea una entidad matriz última se reducirán, durante el ejercicio fiscal, en el importe de las pérdidas admisibles atribuibles al titular de una participación en la entidad transparente.

El párrafo primero no se aplicará en la medida en que el titular de una participación no esté autorizado a utilizar dichas pérdidas para el cálculo de su renta imponible.

4. Los impuestos cubiertos de una entidad transparente que sea una entidad matriz última se reducirán proporcionalmente al importe de las ganancias admisibles reducidas de conformidad con los apartados 1 y 2.

5. Los apartados 1 a 4 se aplicarán a un establecimiento permanente a través del cual una entidad transparente que sea una entidad matriz última realice total o parcialmente su actividad o a través del cual se realice total o parcialmente la actividad de una entidad fiscalmente transparente, siempre que la participación de la entidad matriz última en dicha entidad fiscalmente transparente sea poseída directamente o a través de una cadena de entidades fiscalmente transparentes.