Articulo 38 Inspección General de Servicios y sistema de alertas para la prevención de malas prácticas en la Administración
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»Artículo 38. Responsabilidad
Vigente
Son responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su naturaleza, así como los altos cargos, directivos y el personal al servicio de las entidades previstas en el artículo 2, que realicen acciones o que incurran en las omisiones tipificadas en esta ley con dolo, culpa o negligencia.

