Articulo 38 Medidas Fisca...eneralitat

Articulo 38 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat

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Artículo 38.

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Se incluye un nuevo artículo 25 bis en la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, con el siguiente tenor:

Artículo 25 bis. Bonificaciones en la cuota.

Los establecimientos industriales cuya actividad esté englobada en los epígrafes B, C, D o E del CNAE'93 se podrán aplicar una bonificación del 45 % de la cuota de consumo del Canon de Saneamiento en la parte que grave consumos procedentes de aguas tratadas en instalaciones públicas de saneamiento y depuración, suministradas directamente por la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.

La aplicación de está bonificación estará sujeta al cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Solicitud expresa del titular de la actividad industrial, o del representante debidamente acreditado a estos efectos, y reconocimiento mediante resolución dictada por el órgano competente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.

  • Destino del consumo de las aguas tratadas, al menos en un 70 %, a usos relacionados con la actividad productiva desarrollada.

  • Cumplimiento por el solicitante, en materia de autorización o concesión de reutilización de aguas depuradas, de lo dispuesto en la normativa sectorial aplicable.

  • El procedimiento para el reconocimiento de la bonificación y los requerimientos técnicos específicos para la aplicación de la misma se regularán reglamentariamente.