Articulo 383 TR de las di...imen local

Articulo 383 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local

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Art. 383.

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(DEROGADO)

1. Son sujetos pasivos, en concepto de contribuyentes, los beneficiarios de la publicidad, considerándose como tales los industriales, comerciantes o profesionales cuyos artículos, productos o actividades se den a conocer por rótulos o carteles cuya exhibición o distribución esté gravada por este Impuesto.

2. Tendrán la condición de sustitutos las Empresas de publicidad, considerándose como tales, a efectos de este Impuesto, las que profesionalmente ejecuten o distribuyan campañas publicitarias a través de carteles o rótulos que tengan por objeto dar a conocer los artículos, productos o actividades de las personas o Entidades que las contraten para dicha finalidad.

3. No tendrán la expresada consideración quienes se limiten a la elaboración de carteles o rótulos empleados para la publicidad.

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