Articulo 386 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
- Norma derogada desde el 23 de noviembre de 2022. - Decreto 63/2022 de 21 de Oct C.A. Asturias (se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias)
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»Artículo 386. Cesión de la urbanización.
Derogado
En todo caso, y con independencia del deber de conservación y mantenimiento de las obras de urbanización, los terrenos reservados en el planeamiento para la ejecución de dotaciones urbanísticas públicas que conformen sistemas locales, deben, una vez urbanizados, integrarse como bienes demaniales o patrimoniales de la Administración actuante. Del mismo modo se procederá con los terrenos destinados a sistemas generales una vez obtenidos por cualquiera de los procedimientos previstos en la normativa territorial y urbanística.

