Articulo 39 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat
Artículo 39. Valoración de la documentación
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1. El personal técnico de los archivos centrales y servicios periféricos de los departamentos de la Administración de la Generalitat, y de los centros sanitarios y docentes de titularidad de la Generalitat, asistidos por las personas responsables funcionales de las unidades de gestión, realizarán propuestas de valoración de las series documentales que producen los servicios centrales y los servicios territoriales de sus organismos.
2. El personal técnico de los archivos centrales de las consellerias, de los servicios periféricos de los departamentos de la Administración de la Generalitat, y de los centros sanitarios y docentes de titularidad de la Generalitat cumplimentarán los formularios de propuesta de valoración y recabarán la información y los informes necesarios para su aprobación por la Comisión de Valoración Documental respectiva.
