Articulo 39 Medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación...statuto de Autonomía
Articulo 39 Medidas fisca... Autonomía

Articulo 39 Medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de CCAA y Ciudades con Estatuto de Autonomía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 39. Alcance de las competencias normativas en el Impuesto sobre el Patrimonio

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


(DEROGADO)

1. En el Impuesto sobre el Patrimonio, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre.

a) Mínimo exento.

b) Tipo de gravamen

c) Deducciones y bonificaciones de la cuota.

Las deducciones y bonificaciones aprobadas por las Comunidades Autónomas resultarán, en todo caso, compatibles con las deducciones y bonificaciones establecidas en la normativa estatal reguladora del impuesto y no podrán suponer una modificación de las mismas. Estas deducciones y bonificaciones autonómicas se aplicarán con posterioridad a las reguladas por la normativa del Estado.