Articulo 39 Memoria Histórica y Democrática de Euskadi
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»Artículo 39. Fomento de la actividad de las entidades memorialistas.
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Gogora, con el fin de fomentar el asociacionismo, promoverá entre otras las siguientes actuaciones:
a) Medidas para la implicación asociativa y la participación ciudadana en programas de memoria histórica.
b) Programas de apoyo y ayudas destinadas a entidades incluidas en el Directorio de Entidades de Memoria Histórica de Euskadi para el cumplimiento de los objetivos de esta ley, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.
