Articulo 4 Atención a la Salud Bucodental y creación del Programa de Atención Dental Infantil
Artículo 4. De los principios informadores
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Son principios informadores de esta Ley:
1. Considerar la salud bucodental como parte integral de la salud de las personas.
2. Reducir la mortalidad y morbilidad derivada de las enfermedades orales, especialmente en la infancia.
3. Reducir las desigualdades en salud oral entre la población.
4. Minimizar el impacto de las enfermedades de origen oral en la salud general y el desarrollo psicosocial, enfatizando la promoción de la salud oral.
5. Facilitar la planificación de los recursos y actividades necesarios para su consecución.
6. Evaluar las actuaciones sanitarias desarrolladas en ámbito de la salud oral.
7. Proteger y garantizar los derechos de los ciudadanos en relación con el acceso, calidad y seguridad de la atención bucodental, tanto en el ámbito público como en el privado.
