LEY 7/2018, de 26 de diciembre, de Atención a la Salud Bucodental y de creación del Programa de Atención Dental Infantil-Comunidad de Madrid. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 28-12-2018
Índice
Texto
Ambito: Madrid
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019
F. entrada en vigor: 01/01/2019
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD
Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 309
F. Publicación: 28/12/2018
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Fines
Artículo 3. Ámbito de aplicación
Artículo 4. De los principios informadores
Artículo 5. De la vigilancia y seguimiento de la salud bucodental de la población y de la práctica de la actividad odontológica en la Comunidad de Madrid
CAPÍTULO II. Programa de Atención Dental Infantil de la Comunidad de Madrid (PADI-Comunidad de Madrid)
Artículo 6. Población infantil cubierta por el PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 7. Servicios incluidos en el PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 8. Regímenes especiales para la prestación de servicios del PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 9. Provisión de los servicios de atención dental incluidos en el PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 10. Provisión de puestos de trabajo en las Unidades de Salud Bucodental y concertación de médicos estomatólogos y odontólogos para el PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 11. Requisitos y obligaciones para concurrir las convocatorias provisión de puestos de trabajo en las Unidades de Salud Bucodental y de concertación de médicos estomatólogos u odontólogos
Artículo 12. Libre elección del dentista personal
Artículo 13. Retribución del servicio a los profesionales concertados para el PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 14. Colaboración de la Consejería de Educación a los objetivos del PADI-Comunidad de Madrid
Artículo 15. Atención integral a la salud del niño y coordinación asistencial
CAPÍTULO III. Oficina Dental Comunitaria en el Servicio Madrileño de Salud
Artículo 16. Oficina Dental Comunitaria en el Servicio Madrileño de Salud
Artículo 17. El responsable de la Oficina Dental Comunitaria
CAPÍTULO IV. El Consejo Asesor Dental
Artículo 18. El Consejo Asesor Dental
CAPÍTULO V. Infracciones y sanciones
Artículo 19. Régimen sancionador
Artículo 20. Infracciones
Artículo 21. Sanciones
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Formularios y procedimientos
D.A. 2ª. Evaluación de la Ley
D.A. 3ª. Difusión de la Ley
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo normativo
D.F. 2ª. Entrada en vigor