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Articulo 4 Canal interno para el tratamiento de informaciones sobre posibles infracciones

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Artículo 4. Órganos competentes

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1. Corresponde a la dirección general competente en materia de transparencia y buen gobierno las siguientes funciones:

a) La dirección del diseño y puesta en marcha del canal interno "Canal del Informante", así como la gestión de su contenido y la coordinación en la resolución de las incidencias técnicas que puedan surgir durante su funcionamiento, mantenimiento y actualización, en colaboración con los centros directivos competentes en materia de inspección, los órganos o unidades que, por razón de la materia, estén en funcionamiento para el conocimiento de informaciones sobre posibles infracciones en sus correspondientes ámbitos, y la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.

b) La coordinación de las actuaciones previstas en el presente Decreto a los efectos de la remisión a los correspondientes centros directivos con competencia en materia de inspección de la Comunidad de Madrid, así como a aquellos órganos o unidades que, por razón de la materia, puedan ponerse en funcionamiento para el conocimiento de informaciones sobre posibles infracciones en sus correspondientes ámbitos, de las informaciones recibidas a través del "Canal del Informante".

c) La representación de la Comunidad de Madrid en lo relativo a la información sobre el "Canal del Informante" ante los instrumentos de diálogo e interlocución, autonómicos o estatales, existentes en cada momento.

d) La gestión, análisis y tratamiento de los datos estadísticos derivados del "Canal de Informante" a los efectos de la elaboración de informes o estudios estadísticos y de seguimiento.

2. Corresponde a los centros directivos con competencia en materia de inspección de la Comunidad de Madrid, así como a aquellos órganos o unidades que, por razón de la materia, puedan ponerse en funcionamiento para el conocimiento de informaciones sobre posibles infracciones en sus correspondientes ámbitos, el tratamiento y gestión interna de las informaciones sobre posibles infracciones en el ámbito de la Administración pública de la Comunidad de Madrid, recibidas a través del "Canal del Informante" y remitidas por la dirección general competente en materia de transparencia y buen gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas en esta materia a la referida dirección general.