Articulo 4 Característica... turística

Articulo 4 Características y obtención de hojas de reclamaciones y tramitación de reclamaciones, quejas y denuncias en materia turística

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Artículo 4. Solicitud.

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Las personas titulares de las empresas, actividades y establecimientos turísticos, que como tales se encuentren inscritas en el Registro General Turístico, solicitarán a través de la actuación administrativa automatizada disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, las hojas de reclamaciones con las que deben contar obligatoriamente para el ejercicio de la correspondiente actividad turística.