Artículo 4. Decreto 1/2026, de 27 de enero, La Rioja, Reglamento de Caza y Gestión Cinegética
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»Artículo 4. Tipos de caza.
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1. De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de Caza y Gestión Cinegética de La Rioja, y los tipos de caza descritos en ella, será compatible la práctica de la caza de gestión con el tipo de caza que se lleve a cabo en cada acotado, bien sea tradicional o deportiva.
2. En cada coto, el titular cinegético deberá establecer durante el procedimiento de la aprobación del Plan Técnico de Caza si va a practicar en el acotado la caza tradicional o la deportiva.
