Articulo 4 Disposiciones ...ún del IVA

Articulo 4 Disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del IVA

  • Téngase en cuenta que el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1112 del Consejo de 20 de julio de 2020 ha modificado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 de forma que será aplicable a partir del 1 de julio de 2021, seis meses más tarde de lo establecido inicialmente.
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Artículo 4

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El sujeto pasivo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Directiva 2006/112/CE, tenga derecho a acogerse a la no imposición de sus adquisiciones intracomunitarias de bienes, seguirá ejerciendo tal derecho cuando, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 214, apartado 1, letras d) o e), de dicha Directiva, le haya sido asignado un número de identificación a efectos del IVA por los servicios recibidos respecto de los cuales adeude el IVA, o por los servicios prestados por él en el territorio de otro Estado miembro respecto de los cuales el deudor del IVA sea exclusivamente el destinatario.

No obstante, si dicho sujeto pasivo comunica ese número de identificación a efectos del IVA a un proveedor con respecto a una adquisición intracomunitaria de bienes, se considerará que ha ejercido la opción establecida en el artículo 3, apartado 3, de la citada Directiva.