Articulo 4 Mecanismo compensatorio de la repercusión del IBI a arrendatarios de viviendas de la Agencia de Vivienda Social
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»Artículo 4. Políticas de vivienda con protección pública a través de la Agencia de Vivienda Social
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El desarrollo de políticas de vivienda con protección pública a través de la Agencia de Vivienda Social se efectuará, principalmente, con la construcción y promoción de viviendas con la utilización de los suelos disponibles por parte de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de la adquisición de viviendas o bloques completos de viviendas en el mercado privado para su destino a vivienda protegida, a efectos del desarrollo y ejecución de políticas de integración o realojo.
