Legislación
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LEY 9/2017, de 3 de julio, por la que se establece el mecanismo de naturaleza no tributaria compensatorio de la repercusión obligatoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a los arrendatarios de viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y se adoptan medidas en materia de vivienda protegida. - Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 20-07-2017

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: Madrid

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Julio de 2017

F. entrada en vigor: 21/07/2017

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD

Boletín: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Número 171

F. Publicación: 20/07/2017

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR. Objeto de la Ley
Artículo 1. Objeto
TÍTULO I. Del mecanismo de naturaleza no tributaria compensatorio de la repercusión obligatoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a los Arrendatarios de Viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
Artículo 2. Reducción por importe equivalente a la cuantía de la repercusión obligatoria del Impuesto de Bienes Inmuebles
TÍTULO II. De la vivienda con protección pública para arrendamiento
Artículo 3. Tipología de vivienda con protección pública Artículo 4. Políticas de vivienda con protección pública a través de la Agencia de Vivienda Social
TÍTULO III. De la transmisión a terceros de viviendas con protección pública para arrendamiento
Artículo 5. Enajenación de promociones y garantías al inquilino
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Convenios de colaboración
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Instrucciones de aplicación D.F. 3ª. Entrada en vigor