Articulo 4 Mecenazgo Cultural
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Artículo 4. Principios de actuación para el impulso de la actividad cultural.

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Para impulsar el fomento de la cultura, la Administración regional actuará bajo los siguientes principios:

a) Promover el conocimiento, investigación, formación y difusión de la riqueza del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha y el derecho de todas las personas en Castilla-La Mancha de acceder libremente a la cultura en condiciones de igualdad.

b) Garantizar el fortalecimiento de la conciencia de identidad y de la cultura castellano-manchega a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha.

c) Favorecer el desarrollo de las capacidades creativas individuales y colectivas de los ciudadanos, así como el deber de respetar y preservar los derechos de propiedad intelectual e industrial como instituciones jurídicas idóneas para garantizar y reforzar el compromiso con el progreso económico y social de la Región.

d) Actuar con la mayor transparencia y rendición de resultados en la gestión de los recursos donados para proyectos o actuaciones culturales para que los contribuyentes y la sociedad civil conozcan el impacto de las aportaciones en el desarrollo de los proyectos culturales financiados.

e) Fomentar la cooperación con todas las entidades, asociaciones y fundaciones culturales para impulsar la difusión permanente de nuestra cultura, incentivar la inversión en bienes y equipamientos culturales y favorecer la proyección nacional e internacional de la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2019 en vigor desde 15-01-2020