Articulo 4 Medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica
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»Artículo 4. Contratación Administrativa.
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1. Los motivos que justifican el presente decreto ley constituyen una razón de interés público para la tramitación urgente de los expedientes de contratos de obras, de concesión de obras públicas y de colaboración entre el sector público y el sector privado que formalicen las entidades del sector publico en Aragón hasta el 31 de diciembre de 2009.
2. Los distintos órganos encargados de la tramitación de los contratos a los que se refiere el párrafo anterior deberán, en su caso, incluir en el expediente de contratación la declaración de la urgencia conforme al presente decreto-ley.
