Articulo 4 Modelos 600 y 605 de autoliquidación del ITPyAJD
Artículo 4. Lugar, plazo de presentación y forma de pago.
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1. Los modelos de autoliquidación aprobados por esta Orden Foral deberán presentarse en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
2. El plazo de presentación de los modelos de autoliquidación 600 y 605 será de dos meses a contar desde la fecha de devengo del Impuesto.
3. Los sujetos pasivos vendrán obligados, dentro del plazo al que se refiere el apartado anterior, a ingresar, en cualquier entidad financiera colaboradora de la Hacienda Pública de Navarra, la deuda tributaria resultante de la autoliquidación practicada. Para efectuar el ingreso correspondiente a los modelos 600 y 605, utilizarán las cartas de pago 770 y 771, respectivamente, que figuran en los anexos I y II de esta Orden Foral. Además, podrán realizar el ingreso a través de cualquiera de los restantes medios de pago admitidos a tal efecto.
